Hoy, 25 de noviembre, se conmemora el Día Internacional de la Eliminación de la Violencia contra la Mujer. Se utiliza este día ya que es la efeméride del asesinato de tres mujeres en 1960. Ellas eran María Teresa, Minerva y Patria Mirabal, tres hermanas posicionadas activamente en contra de la dictadura existente en la República Dominicana desde los años 30, con Trujillo a la cabeza. El asesinato no fue la única violencia que recibieron, también fueron torturadas y violadas. Por ello y en homenaje a estas tres mujeres, los movimientos feministas en 1981 en Colombia declararon el día de su muerte como día internacional contra la violencia contra las mujeres.
Esta violencia es definida por la Declaración de Naciones Unidas sobre la eliminación de la violencia contra las mujeres, (1993) como “todo acto de violencia basado en la pertenencia al sexo femenino que tenga o pueda tener como resultado un daño o sufrimiento físico, sexual o psicológico para las mujeres, inclusive las amenazas de tales actos, la coacción o la privación arbitraria de la libertad, tanto si se producen en la vida privada como en la pública”. Siendo reconocida como una violación de los Derechos Humanos, y el crimen más frecuente.
La Declaración de Beijing definió la violencia contra la mujer como “todo acto de violencia basado en el género que tiene como resultado posible o real un daño físico, sexual o psicológico, incluidas las amenazas, la coerción o la privación arbitraria de la libertad, ya sea que ocurra en la vida pública o en la privada”. Esta conferencia supuso la aprobación de una Plataforma de Acción en la que se incluían doce áreas de actuación, una de ellas específica de violencia contra la mujer.
A nivel nacional existen varios instrumentos para prevenir y abordar los casos de violencia contra las mujeres como la Ley 1/2004 de 28 de diciembre de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género; La tipificación de delitos en el Código Penal y su reforma en 2015, encaminada a dar cumplimiento las directrices del Convenio de Estambul y el hito más reciente, el Pacto de Estado contra la Violencia de Género, aprobado por unanimidad en el año 2018 y contiene más de 400 medidas entre el Congreso y el Senado dirigidas a sensibilización y prevención de la violencia contra las mujeres.
Pese a que ninguno de estos instrumentos la recoge como tal la violencia filio-parental también podría considerarse un tipo de violencia contra las mujeres, ya que aunque los padres también son víctimas de esta violencia, la principal víctima es la madre. La definición de violencia filio-parental establecida por SEVIFIP es «conductas reiteradas de violencia física, psicológica (verbal o no verbal) o económica, dirigida a los y las progenitoras, o a aquellos adultos que ocupan su lugar. Excluyendo las agresiones puntuales; las que se producen en un estado de disminución de la conciencia que desaparecen cuando ésta se recupera (intoxicaciones, síndromes de abstinencia, estados delirantes o alucinatorios); el autismo o la deficiencia mental grave; el parricidio sin historia de agresiones previas». Los datos recogidos en los recursos de la Fundación Amigó indican que en 7 de cada 10 casos la violencia es ejercida contra la madre, por ello y con motivo del Día Internacional contra la Violencia contra las Mujeres se ha pedido una reflexión a las/os menores que han iniciado una intervención en nuestros recursos.
La sensibilización y transversalidad de género es necesaria ya que una adolescente tras ver una película refiere “antes sabía que el maltrato hacia las mujeres está muy presente en nosotros, aunque nunca lo había vivido, pero al ver esa película me di cuenta de lo mucho que sufren las personas y no nos damos cuenta. Uno de los temas que menos conocía eran sobre las chicas que son comercializadas por tratantes de blancas. Después de verla me sentí tan mal de ver que la gente lo está pasando fatal y yo no pueda hacer nada…. (CGH)” y sin embargo sí que podemos hacer, ser conscientes de la violencia conta las mujeres y posicionarnos en contra, pero sin duda el primer paso es el conocimiento, el que por ejemplo se adquiere a través del cine.
También es importante darse cuenta de como el aislamiento social es una de las características del maltrato como muestra ABH: “ninguna mujer debería pasar por todo ese tormento y cargar con todo ese miedo y opresión durante tanto tiempo, para después tener que fingir que no le ha pasado nada delante de sus amigos o familiares.” Estar ahí y formar parte de la red de apoyo de una mujer que sufre es un punto central para luchar contra la violencia contra las mujeres.
Respecto a la violencia que reciben las madres por parte de sus hijos/as, es un hecho que la violencia filio-parental merece atención pues es el delito violento más cometido por menores en España, y ella es la víctima principal, a este respecto valoremos las siguientes reflexiones: “Cuando era más joven e inmaduro, creía que lo sabía todo y no era así. Varias veces en las que mi madre solo intentaba cuidarme o anteponerse a algo que podía pasar yo lo tomaba como algo con lo que intentar molestarme. Todo lo que me dice mi madre son consejos, los puedo escuchar y hacer caso o me pueden entrar por un oído y salir por el otro, pero al fin y al cabo ella estará siempre ahí. Recuerdo la última vez que me comporté mal con mi madre y me arrepiento mucho de haberlo hecho. En dos ocasiones, cuando mi madre lo único que quería es que tuviera paciencia y le explicara cosas relacionadas con la informática detenidamente. Claramente mi madre se enfadó, se puso triste y me dijo que me fuera. Varios días después reflexioné y le pedí perdón, pero era tarde, mi madre aceptaba mi perdón, pero el daño ya estaba hecho. Desde aquel entonces, intento tener más paciencia como la que ella ha podido tener conmigo, y si le tengo que explicar cómo se hace un copia y pega 200 veces lo hago. Sé que es mi madre y sé que se merece lo mejor.(EBH)”; “He infravalorado el esfuerzo de mi madre y no le he agradecido todo lo que hace por mí y no darme cuenta de los logros que hace día a día. La estamos maltratando psicológicamente, aunque no nos demos ninguna cuenta (CGH)”. “He tenido muchos comportamientos negativos con mi madre, pero sobre todo eran miradas o formas de hablar que tenía hacia ella que posteriormente comprendí que no eran las más adecuadas para tratar a una madre (ABH)”.
Estas palabras fruto del trabajo y del autoconocimiento reflejan que la violencia que reciben las mujeres, o en este caso las madres en ocasiones es sutil pero diaria, el no reconocimiento de la misma y la falta de reflexión dificulta el avance en su extinción, aspecto que debemos corregir y es que a día de hoy, según la Agencia para los Derechos Fundamentales de la Unión Europea (FRA, 2016), 1 de cada 3 mujeres mayores de 15 años han sufrido algún tipo de agresión física y/o sexual. Son datos para valorar y poner en marcha acciones que mitiguen esta realidad, negársela no sirve de nada. REFLEXIONEMOS.
Irene Gallego, psicóloga Fundación Amigó
REFERENCIAS
Convenio del Consejo de Europa sobre prevención y lucha contra la violencia contra las mujeres y la violencia doméstica, 2011. Disponible en https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2014-5947
Declaración de Beijing de 1995. Disponible en http://www.un.org/womenwatch/daw/beijing/pdf/BDPfA%20S.pdf
Ley orgánica 10/95, de 23 de noviembre, del Código Penal. Disponible en https://www.boe.es/buscar/pdf/1995/BOE-A-1995-25444-consolidado.pdf
Ley Orgánica 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal. Disponible en https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2015-3439
Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género. Publicado en: «BOE» núm. 313, de 29/12/2004. En: https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2004-21760
Macroencuesta de Violencia Contra la Mujer de 2019, disponible en: https://violenciagenero.igualdad.gob.es/violenciaEnCifras/macroencuesta2015/pdf/Macroencuesta_2019_estudio_investigacion.pdf
Pereira, R. (2006): “Violencia Filio-‐Parental: un fenómeno emergente”. Mosaico, Rev. De la Federación Española de Asociaciones de Terapia Familiar, 36: 7-‐9
Real Decreto-ley 9/2018, de 3 de agosto, de medidas urgentes para el desarrollo del Pacto de Estado contra la violencia de género. Disponible en https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2018-11135